Cuando la Hacienda Pública mira donde es más fácil, no donde más falta hace

A veces da la impresión de que la Hacienda Pública se ha comprado una red nueva: mucha campaña, mucha pesca de arrastre y mucho titular sobre «lucha contra el fraude»… y luego, cuando miras quién ha acabado dentro, descubres que casi todo son cuentas fáciles y portales bastante corrientes.

Cuando la Hacienda Pública mira donde es más fácil, no donde más falta hace
Photo by Bartosz Kwitkowski / Unsplash

Hay días en los que abrir la sede electrónica deja una sensación rara. Entras en la DEHú o en la propia sede, revisas las notificaciones como parte de la rutina… y empiezan a aparecer requerimientos del modelo 184 en fila, uno detrás de otro, todos con el mismo texto estándar, todos dirigidos a comunidades que, en principio, no tendrían por qué estar ahí.

En muchas fincas que tienen los deberes digitales hechos, las notificaciones entran por esos canales electrónicos y, desde el despacho, se pueden controlar con cierta tranquilidad. Ves el aviso, lo abres, lo apuntas en la lista de tareas y preparas la respuesta. Pero de vez en cuando llega el comentario de algún compañero: a esta se la han notificado en papel… y la cosa ya no suena igual. Una carta durmiendo en el buzón del portal tiene muchas más papeletas de quedarse sin abrir que un aviso que aparece en la pantalla mientras estás trabajando.

Lo llamativo es que, al menos sobre el papel, la obligación del modelo 184 no es especialmente misteriosa. Simplificando mucho, la norma viene a decir que las entidades en atribución de rentas, entre ellas las comunidades de propietarios, deben presentar esta declaración informativa cuando obtienen rentas que atribuir a sus partícipes y se superan determinados umbrales de ingresos. Si una comunidad no tiene alquileres, ni subvenciones, ni intereses significativos, y se limita a gestionar gastos y cuotas, lo razonable es pensar que, en principio, no está obligada a presentar el 184.

Por eso desconcierta que, en los últimos meses, estén llegando requerimientos precisamente a comunidades que encajan justo en ese perfil: fincas sin ingresos que repartir, donde lo único que aparece en la cuenta son gastos corrientes, derramas y reparaciones. La vida normal de un edificio. Y aun así, ahí está la carta pidiendo que se explique por qué no se presentó la declaración del ejercicio pasado.

A veces el lío ni siquiera nace dentro de la comunidad, sino en cómo se ve la foto desde fuera. Un ejemplo muy claro son las fincas donde uno de los comuneros es una sociedad. Desde dentro, para nosotros, esa sociedad es un vecino más, con su coeficiente, sus cuotas ordinarias y extraordinarias, sus recibos. Pero cuando esa empresa paga todas sus cuotas en una sola transferencia, con un NIF de sociedad y un importe que suma varias viviendas, los sistemas de control pueden interpretar ese movimiento como algo más que un simple pago comunitario.

Si a esto le sumamos casos peculiares, la cosa se complica un poco más. Pensemos en un edificio que fue propiedad de un organismo público de vivienda y defensa y que todavía tiene pisos a nombre de ese organismo. La comunidad se ocupa de lo de siempre: zonas comunes, escalera, portería. Ese organismo, por su forma de trabajar, paga las cuotas de todas sus viviendas de golpe, en una sola orden de pago. Visto desde un cruce de datos poco afinado, alguien puede ver ahí un supuesto ingreso del Estado hacia una entidad en atribución de rentas y empezar a tirar del hilo del 184 como si hubiera una renta que declarar, cuando lo único que hay es una transferencia de cuotas comunitarias.

En un caso así, la comunidad y el despacho estuvieron un buen tiempo explicando que no había rentas, que aquello no era un ingreso a efectos fiscales, que no existía obligación de presentar la declaración. Durante meses, el requerimiento siguió su curso con inercia propia. Curiosamente, la situación cambió cuando alguien de cierto nivel dentro de ese organismo público se molestó, se enfadó lo justo y envió un escrito firme. A partir de ese momento, el famoso requerimiento se miró con otros ojos. Da que pensar: cuando habla una comunidad de propietarios cuesta más que la escuchen; cuando habla la propia Administración, el mensaje parece viajar por un carril distinto.

Pero dejémonos de batallitas y volvamos a este lado de la mesa, al final todo acaba convirtiéndose en escritos y más escritos: que la comunidad no tiene rendimientos, que la suma de posibles ingresos no alcanza el umbral, que no se ejerce ninguna actividad económica… En muchos expedientes la respuesta se puede argumentar con tranquilidad y se presenta en plazo. Es trabajo extra, sí, pero asumible. En esos casos, el asunto se archiva y todos seguimos con nuestras vidas.

El problema llega cuando algo se queda en el camino. Donde hay administración profesional, certificado digital y cierta disciplina para revisar la sede, es raro que un requerimiento se pierda. Pero en esas otras fincas que reciben el primer susto serio en papel, donde el presidente vive lejos o el buzón se mira cuando se puede, el riesgo es otro. La carta puede quedarse días o semanas sin abrir, y mientras tanto el plazo corre. Y cuando el plazo se agota, el foco deja de estar en si había o no obligación de presentar el 184 y pasa a centrarse en la falta de respuesta.

En este terreno conviene recordar que las declaraciones informativas tienen su propio régimen sancionador. La ley prevé sanciones por cada dato o conjunto de datos que se considere no presentado o incorrecto: un NIF, un nombre, un porcentaje de participación, un importe asociado… Cada registro omitido o mal cumplimentado suma. En una comunidad con muchos propietarios, el potencial sancionador deja de ser una cifra única y simbólica para convertirse en una suma construida dato a dato que, en el peor de los casos, puede crecer bastante. Y lo llamativo es que todo esto puede terminar afectando a una comunidad que, de partida, no estaba obligada a presentar la declaración: el problema no está tanto en el impuesto como en cómo se ha planteado la campaña de control.

Hay otro detalle que contribuye a esa sensación de desequilibrio. En la práctica diaria, muchas comunidades empiezan a notar que se las controla como si fueran empresas, pero se las trata como consumidores finales cuando se habla de impuestos. Para el control, lupa fina: movimientos bancarios revisados, cruces de datos, requerimientos por una transferencia más alta de lo normal, por una factura de importe elevado, por un apunte que se sale de la media. Pero a la hora de deducir el IVA de los gastos, esa misma comunidad no puede hacer lo que sí hace cualquier pequeña empresa; el IVA soportado en limpieza, mantenimiento o suministros se queda como parte del coste. Es una mezcla curiosa: exigencias de empresa, trato de particular.

Todo esto cuesta todavía más de encajar cuando, cada cierto tiempo, aparecen en los medios casos muy sonados de comisiones, cobros irregulares o estructuras opacas vinculadas a políticos, empresarios, deportistas o personajes que viven muy lejos del rellano de una escalera cualquiera. Cifras de cientos de miles de euros, a veces millones, que parecen haber circulado con bastante alegría. Desde un portal de barrio no se sabe qué se investiga y qué no, ni falta que hace, pero la sensación que queda es que el foco diario cae justo donde es más fácil mirar, no necesariamente donde se mueve más dinero. Las comunidades que tienen sus cuentas al día, todo domiciliado y todo trazable son las que reciben las cartas. Los grandes casos salen de vez en cuando en los titulares y luego desaparecen del radar.

No se trata de negar la necesidad de control, ni de idealizar a las comunidades como espacios impecables. Se trata de pedir un poco de proporción y de sentido común. Que las campañas se afinen mejor. Que se distinga con más cuidado entre cuotas y rentas. Que el régimen sancionador pensado para grandes declaraciones informativas no se aplique de manera mecánica a fincas que solo tienen gastos. Que antes de mandar un requerimiento se mire si realmente hay algo que atribuir a los propietarios o solo se está interpretando mal un movimiento en la cuenta bancaria.

Al final, la impresión es bastante sencilla: quien intenta cumplir vive demasiado pendiente de la próxima notificación. Los despachos revisan sedes, contestan con calma, explican una y otra vez qué dice la norma y qué ha pasado en cada caso… y saben que, si una carta se pierde por el camino o un plazo se cruza, la mirada de la comunidad no se dirigirá a quien diseñó la campaña, sino a quien estaba, simplemente, intentando que el edificio y sus papeles funcionaran con cierta normalidad.

Quizá, con el tiempo, la tecnología acabe ayudando a otra cosa: menos requerimientos que no tocan, más foco allí donde realmente hay riesgo, algo de tranquilidad para las comunidades que hacen las cosas bien. De momento, lo que se ve desde aquí es esto: requerimientos que nunca deberían haber llamado a la puerta y, al otro lado, administradores y vecinos dando explicaciones que la propia norma, en teoría, no debería exigirles.